La ley de Riesgo de Trabajo limita la acci?n civil

POSADAS. Legislaciones sobre riesgos del trabajo y los cambios producidos en los últimos años fueron los temas abordados por el abogado y magister Néstor Fasciolo, durante el seminario sobre Riesgos de Trabajo que se desarrolló en un hotel céntrico de Posadas.

En diálogo de La Hora de los Trabajadores, Fasciolo habló sobre los criterios jurisprudenciales en invalideces y pensión, calidad de aportante y el fallecimiento en actividad sin reunir esa condición.

Limitaciones

Uno de los puntos más cuestionados  de la ley de Accidentes de Trabajo es si el trabajador puede actuar por las dos vías, la civil y además por la especial. "La ley actual limita enormemente la acción civil, solamente a los casos en que se pueda probar que el empleador tuvo la intención de causar el accidente o el daño al trabajador (dolo subjetivo)", explicó Fasciolo.

Ese punto fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema de la Nación y habilitó la posibilidad de también accionar por la vía civil aún cuando ya hubiera cobrado la indemnización por medio de la ley especial de accidentes de trabajo.

Otro tema importante a debatir y desarrollar es la participación de las comisiones médicas, de las cámaras federales de apelación de la seguridad social y el procedimiento para reclamar las indemnizaciones.

Prestaciones

Demandar por vía de la ley de accidentes de trabajos responde más rápido a las necesidades en especie, tratamiento medico, prótesis, medicamentos, según indicó Fasciolo.

Sobre las prestaciones dinerarias a partir del decreto del 2009 pasaron de tener tope, un serio cuestionamiento de la Corte Suprema y de varios fallos de juzgados menores, a tener un piso y este piso tiene un sistema de cálculo bastante complejo.

Sin embargo, aclaró Fasciolo que “si se demanda por la vía civil existe una regla general que es la de la indemnización integral, que se supone debiera ser mayor que la reparación tabulada de la ley”.

 

Actualidad - 18:41 01/06/2012