El boleto estudiantil gratuito se convirti? en ordenanza en Eldorado

En horas de la mañana fue aprobado el boleto estudiantil gratuito el mismo entrará en vigencia a partir del año que viene.


 


 


ORDENANZA   Nº 115/2.015.-


Eldorado, Misiones, 08 de Octubre  de 2.015.-


VISTO :


Los Exptes. Nº 072-B-168/2013; 006-J-168/2013; 035-C-168/2013; 136-C-187/2013; 104-B-225/2015 y 060-C-226/2015; y 


CONSIDERANDO: 


Que, el precio del servicio del transporte público se ha incrementado en la ciudad de Eldorado en los últimos años a raíz de la fuerte inflación que afecta nuestro país, y esto constituye un golpe profundo en la economía doméstica de todos los Eldoradenses, principalmente los que tienen afrontar día a día gastos en transporte hacia las instituciones educativas.


Que, la educación pública no debe ser nunca disminuida en forma cualitativa o cuantitativa, pues no sólo constituye un mandato constitucional, sino que además su disminución sería un atentado ético contra la ciudad de Eldorado, en razón de que es el más eficiente instrumento del Estado para salvaguardar su identidad política y defender sus valores trascendentes.


Que, todos los países que han logrado salir del subdesarrollo económico, político y social tienen como común denominador el hecho de haber aplicado el máximo esfuerzo y sacrificio para dotar a la educación pública de los máximos recursos disponibles. Como resultado, existe la conciencia de que dicha inversión fue el detonante de su desarrollo.


Que, la difícil situación económica imperante en el país, y el alto índice de inflación existente, han transformado a los útiles escolares en artículos de difícil acceso, colocando a las familias en una situación de fuerte preocupación, ya que con el aumento generalizado de precios, en muchos casos no cuentan con los recursos económicos para poder adquirir los útiles y elementos necesarios para encarar un nuevo ciclo lectivo y este Boleto 


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Estudiantil Gratuito le permitirá a todo estudiante regular, transportarse a través del sistema público de manera gratuita. Los niños, y sobre todo jóvenes, tienen que afrontar diariamente un alto gasto en pasajes, provocando esto que en muchos casos, sobre todo jóvenes que pretenden iniciar carreras terciarias o universitarias, desistan de iniciar o continuar sus estudios. Está claro entonces que la creación del Boleto Estudiantil Gratuito es una necesidad impostergable.


En definitiva, mediante este proyecto de ordenanza se pretende abordar aspectos que si bien no pertenecen de manera directa al sistema educativo, inciden fuertemente en el mismo, transformándose muchos de ellos en factores determinantes a la hora de luchar contra la deserción escolar. 


POR ELLO:


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ELDORADO


SANCIONA CON FUERZA DE


 ORDENANZA


ARTICULO 1º): CREASE el Régimen de Provisión del Boleto Estudiantil Gratuito para ser 


utilizado en el servicio público municipal de transporte automotor de pasajeros, en sus servicios urbanos, de jurisdicción municipal, con la extensión y alcance establecido en el presente y en su reglamentación.-------------------------------------------------------


ARTICULO 2°): SERÁN beneficiarios del presente régimen, todos los estudiantes 


pertenecientes a las instituciones públicas y privadas que integran el sistema educativo público y privado en la ciudad, en los niveles iníciales, primario, secundario, terciario e universitario públicos y privados.--------------------------------------------------------------


ARTICULO 3º): TODAS aquellas personas que deseen ser beneficiarias deberán acreditar 


mediante documentación probatoria su situación activa correspondiente a cada establecimiento educativo en la empresa prestadora del servicio la cual hará entrega de un carnet que deberá ser exhibido al momento de ascender a la unidad móvil y ante las autoridades que lo requieran.----------------------------------------------------------------------------------------------


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ARTICULO 4º): VALIDEZ. El Boleto Estudiantil será válido para realizar viajes en los 


servicios de transporte obligados durante todo el año calendario, sin perjuicio de los recaudos que razonablemente establezca la reglamentación en orden a evitar el ejercicio irregular de los beneficios consagrados en la presente ordenanza.--------------------------


ARTICULO 5º): REGLAMENTACIÓN. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente 


Ordenanza dentro de los Ciento Veinte (120) días de su entrada en vigencia, donde determinará el financiamiento del mismo, requisitos para acceder al beneficio, número de pasajes a otorgarse a cada estudiante durante el año calendario, documentación habilitante para el uso del boleto estudiantil.---------------------------------------------------------------------------


ARTICULO 6º): DEROGACIÓN. Derógase toda norma que se oponga a la presente norma.--


ARTICULO 7°):REGÍSTRESE, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los 


fines de su promulgación, cumplido, ARCHIVESE.------------------------------

Actualidad - 20:30 08/10/2015