Partido Socialista de Misiones present? un recurso contra la nueva Ley Electoral

Este martes 9 de marzo el Partido Socialista distrito Misiones presentó ante la Justicia Electoral un recurso de Reposición y apelación al haber sido intimados a cumplir con la nueva ley electoral nacional que fuera aprobada en diciembre del año 2009.


La presentación fue realizada por la Secretaría General, Adriana Quiroz, el apoderado de esta fuerza política Dr. Osvaldo Ramirez, quienes estuvieron acompañados por el actual Diputado Provincial Mariano Díaz y otras autoridades partidarias.


El recurso plantea fundamentalmente que La nueva ley (26571)con las modificaciónes a la anterior (23298) incorpora una nueva causal de caducidad de los partidos políticos - art. 4 de la ley nº  26.571 en cuanto exige “mantener en forma permanente el número mínimo de afiliados” para conservar la personería jurídico-política -, que es absolutamente proscriptiva y viola  el derecho al libre ejercicio de sus actividades y el derecho y/o la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos que los partidos políticos una vez reconocidos poseen, los cuales se encuentran amparados en el art. 38 de la Constitución Nacional. Además, el agravio que esta inconstitucionalidad provoca reviste gravedad institucional, en efecto la propia Constitución Nacional, considera a los partidos políticos instituciones fundamentales del sistema democrático y en este caso el agravio consiste en la amenaza que sufre nuestro partido de ver cercenada su existencia democrática.

Además, la nueva ley ha establecido otros requisitos, condiciones y procedimientos para la afiliación y para la desafiliación a los partidos, los cuales deben cumplirse para transitar la vía fijada para adecuarse a las prescripciones del art. 4. Así, la nueva ley incorpora  la necesidad de acompañar copia de los documentos cívicos de los afiliados donde conste la identidad y el domicilio, y para la renuncia, el nuevo artículo 12 establece que debe efectuarse por telegrama o personalmente ante la secretaría electoral del distrito.

La inconstitucionalidad, arbitrariedad y manifiesta gravedad institucional que la pretensión contenida en la intimación provoca, atenta contra elementales principios democráticos especialmente recogidos por nuestra Constitución Nacional en cuanto promete a los ciudadanos garantizarles el pleno ejercicio de los derechos políticos (art. 37 de la Constitución Nacional),  y a los partidos, una vez reconocidos –lógicamente,  el libre ejerció de sus actividades dentro del respeto de la Constitución y la competencia para postular candidatos a cargos públicos electivo, considerándolos instituciones fundamentales del sistema democrático. Asimismo viola el Pacto de San José de Costa Rica, que en su art. 16 garantiza a las personas el derecho a asociarse libremente y  establece que tal derecho solo puede estar sujeto a las restricciones previstas por la Ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden público o para proteger la salud o la moral pública o los derechos y libertades de los demás.

La ley manda que La Cámara Nacional Electoral publique el número mínimo de afiliados requerido para cada partido de Distrito antes del 15 de febrero del “año siguiente al cierre anual”. Cierre anual es la fecha que indica el transcurso de un año y ese año debe computarse a partir de la sanción de la ley. (diciembre 2009) por lo que el cierre anual se producirá el 11 de diciembre de 2010 o sea al año de su promulgación,  por lo que la Cámara Nacional Electoral deberá publicar el listado antes del 15 de febrero del año siguiente al cierre anual, esto es el 15 de diciembre de 2011; y no la interpretación que hoy se le da aplicando ya a partir de este año este nuevo requisito.


La caducidad es una sanción que priva a los partidos de los derechos políticos que son inherentes a su naturaleza jurídica y que restringe a la ciudadanía sus derechos políticos en tanto elimina opciones ideológicas y programáticas que la pueden representar.


Finalmente y más allá de las cuestiones legales la Sec. General del Socialismo Misionero, Adriana Quiroz, opinó “Es claro que la sanción de esta Ley, a las apuradas sin un real consenso entre las fuerzas políticas, pero que además no ha tenido en cuenta aspectos fundamentales que harían a la transparencia del acto electoral, como la boleta única, o el voto electrónico, tiene la clara intencionalidad de volver al bipartidismo y proscribir a las fuerzas progresistas que hoy ocupan un espacio muy importante del electorado y que pueden representar una alternativa a las viejas estructuras partidarias.

Polí­tica - 15:58 09/03/2010